El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha descartado la suspensión cautelar de la ordenanza que prohíbe llevar «burka» o «niqab» (velos islámico que cubren toda la cabeza menos los ojos) en edificios municipales de Lérida, tal y como como había solicitado en un recurso la asociación musulmana Watani. De resultas, la normativa entra en vigor hoy.
Ningún dispositivo especial
El cambio de la ordenanza de civismo por parte del equipo de gobierno, el PSC, con el apoyo de CiU, PP y un concejal del grupo no adscrito, la oposición de ICV y la abstención de ERC supone multas por el uso velo islámico en edificios municipales de entre 30 y 600 euros. La aprobación definitiva de la ordenanza, aprobada en octubre en pleno municipal, extiende la prohibición además de al velo integral —«burka» y «niqab»— a otros elementos que tapen el rostro. El Ayuntamiento no ha preparado ningún dispositivo especial por la entrada en vigor de la prohibición.
La concejal de Seguridad Ciudadana, Sara Mestres, señaló el pasado martes que serán los responsables de cada edificio municipal los que avisarán a la Guardia Urbana para que impida la estancia a quienes lleven cubierta la cabeza.
Mestres sostiene que para el Ayuntamiento es una cuestión preventiva «desde el punto de vista de seguridad y de comunicación, se habla tanto de “burka” como de “niqab”, como de casco o pasamontañas». Aunque reconoce que el Ayuntamiento persigue también la igualdad entre hombres y mujeres.
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