BOLETÍN INFORMATIVO DISIDENTE NACIONAL REVOLUCIONARIO

martes, 14 de junio de 2011

MÁLAGA TENDRÁ UN FISCAL PARA DELITOS DE XENOFOBIA, ODIO Y DISCRIMINACIÓN

    La provincia de Málaga, uno de los principales laboratorios judiciales de España, contará a partir del próximo día 24 con el primer fiscal especialista en delitos de odio y discriminación de Andalucía. El fiscal jefe de Málaga, Antonio Morales, anunció ayer la creación de esta especialidad, que ya funciona en la provincia de Barcelona, y la enmarcó en el "preocupante crecimiento social de los discursos xenófobos y racistas, con penetración incluso en los partidos políticos democráticos".
   El fiscal que ocupe esta delegación conocerá de los diferentes delitos de racismo, xenofobia, odio étnico, ideológico, religioso o de orientación sexual tipificados en el Código Penal, que no solo hace referencia a la violencia sino también a los que difundan informaciones injuriosas y a los que discriminen en el empleo. El representante del Ministerio Público será el encargado de combatir a los grupos extremistas que promueven la violencia contra el diferente, como los neonazis, y la difusión de sus idearios tanto en los soportes tradicionales como en Internet. Según el fiscal jefe, es "obvio" que en las redes sociales y las redes sociales "va penetrando ese discurso de discriminación y de odio".
   Morales afirmó que en Málaga actualmente no hay registrado ningún delito de esta naturaleza y que sólo se ha registrado como circunstancia agravante en algunos casos. Sin embargo, resaltó que la creación de la nueva fiscalía, cuyo titular deberá compaginar el cargo con los servicios que tuviera ya asignados, es una "medida preventiva".
   El fiscal jefe dijo que la nueva sección colaborará con otras que ya tiene la Fiscalía malagueña, como la de Víctimas, de forma que "haya una interconexión para una aplicación más rigurosa y certera del ordenamiento jurídico".



   
   Desde Marbella Resiste nos hacemos varias preguntas: ¿ Estudiarán y juzgarán también los delitos de odio, discriminación y xenofobia hacia la raza blanca y hacia lo español ? ¿ Se saltarán a la torera lo expuesto en los artículos 16.1, 16.2 y 20.1. Apartado A). de la Constitución española ? ¿ Y el artículo 2.71. Título II. Apartado 1 y 2. de la constitución europea ?

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